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En el marco de la emergencia sanitaria, económica y social cobran relevancia los conflictos en las relaciones de consumo en entornos digitales, fundamentalmente se suscitan por problemas de información por parte de los proveedores a las y los consumidores. En tal sentido, el acceso a la información a través de internet respecto de bienes y servicios, y las vías electrónicas para efectuar la devolución de las compras o la rescisión de los contratos, en la mayoría de los casos, resultan ser la única vía con la que las y los consumidores cuentan para acceder a estos derechos y poder revocar la aceptación del contrato cuando sea celebrado fuera de los establecimientos comerciales y a distancia, según establece la Ley de Defensa del Consumidor (artículo 34, Ley 24.240) y el Código Civil y Comercial de la Nación (artículo 1.110).